Abstract: RESUMEN: Este trabajo utiliza una aproximación empírica para explicar la propensión a disentir de los jueces de la Corte Suprema de Chile, utilizando como muestra las sentencias que resolvieron disputas acerca de la prescripción de la responsabilidad del Estado en materia de derechos humanos. Aunque su composición varía, existen dos coaliciones estables dentro del tribunal: una más extensa y homogénea que empuja hacia la unanimidad, y una más pequeña y heterogénea que empuja hacia la disidencia. Por su parte, aunque la carga de trabajo del tribunal es alta y se extiende a diversas materias, las disidencias se concentran en casos acerca de responsabilidad del Estado por violaciones a los derechos humanos. Ello permite discutir si las decisiones de estos jueces revelarían una preferencia política, un comportamiento estratégico o una postura legalista. Finalmente, esta investigación adapta la metodología tradicional del análisis empírico de las disidencias, agregando como factores relevantes una baja proporción de sentencias divididas, una alta carga de trabajo del tribunal y cierta inestabilidad en su composición.ABSTRACT: This paper uses an empirical approach to explain the propensity to issue dissenting opinions by the members of the Chilean Supreme Court. Although the composition of the court varies significantly, there are two stable coalitions: a large and homogeneous coalition that pushes toward unanimity, and a small and heterogeneous coalition that pushes in the opposite direction. On the other hand, whereas the workload of the court is high, and its jurisdiction extends to different subject matters, the dissenting opinions are concentrated on cases regarding the liability of the State for violations to human rights. This allows to qualitatively discuss whether the decisions of these judges would be reflecting political preferences, strategical behavior, or a legalist approach. Finally, this research adapts the traditional methodology of empirical analysis of dissents, adding as relevant factors the low percentage of divided decisions, the high workload of the court and an unstable composition.
Abstract: RESUMEN: Este trabajo pretende revisar los escenarios acerca de decisiones del final de la vida, teniendo en consideración la legislación chilena y el proyecto de ley sobre muerte digna. En pacientes competentes, se avanzaría en el reconocimiento de la autonomía personal, no obstante ciertos ajustes parecen necesarios para dotar de mayor coherencia a la regulación y facilitar la expresión de valores y preferencias. Respecto de personas incompetentes, la regulación parece insuficiente para clarificar los criterios necesarios para estas decisiones, por lo que ciertas consideraciones pueden ser adecuadas para favorecer la voluntad anticipada y el bienestar del paciente.ABSTRACT: The aim of this article is to analyse the end-of-life decisions scenarios, in view of Chilean legislation and the bill on dignified death. For competent patients, the bill makes progress in recognising autonomy, although adjustments still seem necessary for the bill to have coherence with the rest of end-of-life regulation and to facilitate the expression of values and preferences. As for incompetent patients, the bill does not clarify the necessary criteria for these decisions, so some considerations may be adequate to favour advance directives and the well-being of patients.
Abstract: RESUMEN: Este trabajo explora los límites de la buena fe en la integración de los contratos. Se sostiene que esos límites son una consecuencia de la naturaleza de la operación de integración contractual, la que tiene por objeto imputar un término implícito al contrato para suplir sus vacíos u omisiones necesitados de reglamentación. En razón de esa naturaleza de la operación de integración contractual, la buena fe no puede ser nunca la fuente de las obligaciones principales del contrato, sino solo de obligaciones secundarias u otros efectos jurídicos accesorios, todos los cuales no pueden nunca alterar el sentido y función del contrato, ni contravenir las estipulaciones expresas de los contratantes. Ello significa que los deberes de conducta y demás efectos jurídicos derivados de la buena fe para integrar las lagunas del contrato se encuentran subordinados a la voluntad común de los contratantes, por lo que son fundamentalmente disponibles. En consecuencia, si bien la buena fe como principio regulador del contrato es esencialmente indisponible, de ello deben distinguirse los deberes de conducta y demás efectos jurídicos derivados de ella para integrar el contrato, los que son modulables y renunciables por los contratantes, de conformidad con sus particulares intereses comprometidos en el intercambio contractual.ABSTRACT: This article explores the limits of good faith in the construction of implied terms in contracts. It is contended that these limits are inherent to the construction of implied terms, whose function is to fill up gaps in the contract. Accordingly, good faith can never be the source of the main contractual obligations, but only of secondary or ancillary obligations, which can never alter the function of the contract as a whole or contradict any express term of the contract. This means that whereas good faith, as a general regulatory contractual principle is in itself non waivable, the implied terms extracted with its help can be determined and altered by agreement of the parties, in line with their particular interests involved in the contractual bargain.
Abstract: RESUMEN: En Chile, el abuso de la libertad de empresa se ha hecho sentir con especial gravedad en los contratos por adhesión. Este trabajo estudia los alcances del ejercicio ilegítimo de la libertad de empresa en la materia, partiendo de la doctrina del abuso de los derechos fundamentales. En tal perspectiva, las cláusulas abusivas se configuran como resultado del ejercicio abusivo de la facultad de contratación/negociación del empresario. Se trata de injustos premeditados que materializan diversas estrategias de negocios y que, al insertarse en las condiciones generales de contratación, afectan con carácter sistémico a un número importante de consumidores. Se ofrecen seis casos ejemplares discutidos judicialmente que ilustran esta tesis, los cuales son de especial utilidad para el análisis de los problemas que la libertad de empresa presenta al país, de cara al actual proceso constituyente.ABSTRACT: In Chile, the abuse of the freedom of enterprise has been felt with gravity in standard contracts. In the framework of the doctrine of the abuse of fundamental rights, this work studies the scope of the illegitimate exercise of this freedom. In such a perspective, the unfair terms are configured because of the abusive exercise of the contracting / negotiating power of the business owner. These are premeditated unfair actions that materialize through various business strategies and that, when inserted into the general contracting conditions, affect a significant number of consumers in a systemic manner. Six leading cases are offered to illustrate this thesis, which are especially useful for the analysis of the problems that freedom of enterprise presents to the country, in view of the current constitutional process.
Abstract: RESUMEN: En el derecho internacional, la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental transfronteriza (EIAT) es considerada una obligación general consuetudinaria, que constituye una consecuencia jurídica y material de la regla de no causar daños a otros Estados, la que, a su vez, es una expresión del principio de debida diligencia. Esta obligación resulta vinculante para todos los Estados, incluido Chile. Sin embargo, en nuestro país no existe una regulación sustantiva acerca de este tema y el único avance es la dictación de un Instructivo por parte de la autoridad ambiental. Por lo anterior, este artículo tiene por objetivo analizar la forma en que se ha tratado la EIAT en nuestro país de acuerdo con la jurisprudencia y doctrina internacional sosteniendo que ha sido insuficiente, tanto para dar cumplimiento a la obligación internacional existente, como para permitir una regulación interna adecuada de la EIAT.ABSTRACT: In international law, the obligation to carry out a transboundary environmental impact assessment (TEIA) is considered a general customary obligation, which constitutes a legal and material consequence of the no harm rule to other States, which is an expression of the principle of due diligence. This obligation is binding on all States, including Chile. However, in our country there is no substantive regulation on this issue and the only progress is an instruction by the environmental authority. Therefore, this article aims to analyze the way in which the TEIA has been treated in our country in accordance with decisions of international tribunals and legal doctrine, concluding that it does not fulfill the international obligation, nor does it allow an adequate domestic regulation of TEIA.
Abstract: RESUMEN: En este trabajo analizamos la articulación de transiciones legales y su relación con el encuadre de los costos y beneficios asociados a una modificación legal. Al efecto, describimos qué son las transiciones legales, explicamos qué entendemos por el encuadre de costos y beneficios, y cómo este incide en la adopción de las decisiones cruciales para articular una política transicional: la evaluación acerca de la pertinencia de mitigar o no los costos de una determinada reforma y la configuración específica del tipo de mecanismo apropiado para ello. Posteriormente, ilustramos esta incidencia mediante el análisis de un debate legislativo en un caso particular. Finalmente, debido a la indeterminación que observamos en el encuadre de costos y beneficios, sugerimos un criterio orientador necesario, pero insuficiente por sí solo para establecerlo: el cumplimiento de los objetivos de la reforma. En otras palabras, que la política transicional que se establezca no afecte la consecución de las finalidades de la modificación legal.ABSTRACT: This paper analyzes the relationship between the structuring of legal transitions and transactional frames. For these purposes, we describe what legal transitions are, explain the transactional frames for costs and benefits associated to a given legal change and illustrate how these frames hinge on the adoption of the two choices that are critical for structuring a transition policy: the assessment of whether or not transition mitigation or relief should be provided and the specific shape of the mechanism established for providing mitigation. Afterwards, we illustrate this incidence through the analysis of a case concerning a legislative debate. Lastly, given the indetermination we observe on the framing of costs and benefits, we suggest a guiding standard that is necessary, but insufficient on its own to establish the transactional frame: the fulfillment of the amendment’s objectives. Put differently, that the chosen transitional policy does not affect the attainment of the goal of the legal change at issue.
Abstract: RESUMEN: El estándar de cuidado aplicable a la responsabilidad del Estado en las actuaciones de Gendarmería de Chile, en la jurisprudencia de la Corte Suprema, no ha sido objeto de estudio detallado a la fecha. En el presente trabajo se revisará la jurisprudencia del máximo tribunal dictada en esta materia durante los últimos diez años. Para ello se clasificarán las sentencias según el sujeto que ha padecido el daño por el actuar de Gendarmería de Chile. Este análisis será realizado bajo la óptica de una tensión fundamental en la responsabilidad del Estado por falta de servicio: la pugna entre deberes generales y deberes concretos de responsabilidad.ABSTRACT The standard of duty of care applicable to the State’s liability for acts of Gendarmería de Chile (Chilean Prison Service) in the jurisprudence of the Supreme Court has not been subject of study to date. The present investigation reviews the decisions of the Supreme Court issued in this matter during the last ten years. For this purpose, the Supreme Court decisions will be classified in accordance to the party that has been subject to damage due to acts of Gendarmeria de Chile. This analysis will consider a fundamental tension in State liability: the contest between general and specific duties of care.
Abstract: RESUMEN: En este trabajo revisamos críticamente la sentencia del Tribunal Constitucional que se pronunció acerca de la controversia originada por el caso de la Ley Pascua. A propósito de este caso, proponemos un abordaje de estas controversias de tipo contextual basado en una combinación de diversos enfoques, teóricos y dogmáticos, como método alternativo a las propuestas que asumen la inconmensurabilidad de las tradiciones culturales o de los paradigmas de respeto de la diversidad cultural y de la protección de los derechos de las mujeres. Creemos que un abordaje contextual evita las soluciones relativistas o la priorización incondicionada de un paradigma en relación con el otro y, al mismo tiempo, enriquece el arsenal conceptual favoreciendo una mejor comprensión política, jurisdiccional y constitucional de los intereses en juego en estos casos en que las mujeres son una minoría al interior de minorías culturales.ABSTRACT: In this paper we critically review the Constitutional Court’s ruling on the controversy originated by the Pascua Law case. We propose a combination of diverse theoretical and legal approaches to examine these cultural controversies. By enriching the conceptualization, a better political, jurisdictional and constitutional understanding of the case of women as a minority within minorities is favored.
Abstract: RESUMEN: Bajo el marco de la “crimigración” se examina la expulsión de extranjeros en Chile, tanto como sanción administrativa y pena judicial, desde el 2012 hasta la actualidad, delineando el derrotero que ha seguido el esquema sancionatorio. Se indaga cómo esta medida ha evolucionado según el tipo de expulsión, su concreción, las nacionalidades y el territorio en que se concentran. Examinado los datos, se observa que en Chile las deportaciones han aumentado en los últimos años, especialmente las que operan como sustitución de pena, así se constata un giro en la política, caracterizado por la preponderancia de las expulsiones judiciales, las que cuentan con un alto nivel de concreción en comparación con las administrativas. Mientras las deportaciones administrativas materializadas disminuyen desde el 2018, las órdenes de expulsión administrativas se incrementan considerablemente. Este bajo nivel de ejecución, junto con la fuerte alza de las denuncias por ingreso clandestino, produce un aumento considerable de los sujetos expulsables, imponiendo una gobernanza que más que expulsar, precariza los flujos migratorios.ABSTRACT: Under the framework of criminalization, the expulsion of foreigners in Chile is examined, both as an administrative sanction and judicial penalty, from 2012 to the present, outlining the course that the sanctioning scheme has followed. It is investigated how this measure has evolved according to the type of expulsion, its specificity, the nationalities and the territory in which they are concentrated. Examining the data, it is observed that in Chile deportations have increased in recent years, especially those that operate as a substitution of punishment, thus a shift in politics is verified, characterized by the preponderance of judicial expulsions, which have a high level of specificity compared to the administrative ones. While materialized administrative deportations have decreased since 2018, administrative expulsion orders have increased considerably, this low level of execution, together with the sharp rise in complaints for clandestine entry, produces a considerable increase in expellable subjects, imposing a governance that is more What to expel makes migratory flows more precarious.
Abstract: RESUMEN Los movimientos migratorios en Europa han alcanzado en este nuevo siglo cifras muy altas que han venido acompañadas de la implementación de controvertidas medidas estatales. Ello, como es lógico, ha provocado la apertura de numerosos procesos judiciales ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Consecuentemente, analizaremos el fallo N.D. y N.T. c. España conforme al cual concluiremos que el citado órgano judicial ha iniciado un giro regresivo en materia de derechos de las personas migrantes, distanciándose de lo dispuesto con anterioridad en el asunto Hirsi Jamaa y otros c. Italia. En este contexto, se traerá a colación el caso S.S. y otros c. Italia, porque nos permitirá anticipar las principales consideraciones en torno al futuro fallo. Asimismo, debe indicarse que a la luz de parte de los hechos que rodean a este último asunto pondremos de relieve la posibilidad de sostener la responsabilidad internacional pertinente; esta no es una cuestión baladí, ya que podría revertir el cambio de rumbo recientemente emprendido.ABSTRACT: In Europe, migratory movements have reached, in this new century, very high figures that have led to the implementation of controversial State measures. This, of course, has entailed the opening of many legal proceedings before the European Court of Human Rights. Consequently, we will analyze the sentence N.D. and N.T. v. Spain according to which we will conclude that the aforementioned judicial body has begun a regressive turn in the matter of the rights of migrants, distancing itself from the provisions previously made in the case Hirsi Jamaa et al. v. Italy. In this context, the case S.S. and others v. Italy will be brought, since it will allow us to anticipate the main considerations regarding the future ruling. Likewise, it should be indicated that in light of part of the facts surrounding this last matter, we will highlight the possibility of sustaining the pertinent international responsibility; this is not a trivial question as it could reverse the change of the course recently undertaken.
Abstract: RESUMEN: El objetivo del presente estudio es reflexionar acerca de la falta de regulación en Chile de un procedimiento de retorno asistido de niños, niñas y adolescentes extranjeros no acompañados o separados de sus referentes familiares desde un enfoque de derechos humanos que respete las previsiones contenidas tanto en la Convención sobre los Derechos del Niño como en la Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. En ese sentido, la Ley Nº 21.325, de Migración y Extranjería, a pesar de contener como uno de sus principios inspiradores el del interés superior del niño y de la niña, no parece, sin embargo, ser capaz de ofrecer respuestas claras y acordes con las verdaderas necesidades de estos niños, niñas y adolescentes, más aún tras la Sentencia del Tribunal Constitucional, de 29 de enero de 2021, que declaró la inconstitucionalidad del procedimiento de retorno asistido contenido en el artículo 132 de la referida norma.ABSTRACT: The objective of this study is to reflect on the lack of regulation in Chile of an assisted return procedure of unaccompanied and separated children from their family references from a human rights approach that respects the provisions contained in both the Convention on the Rights of the Child and the Convention on the Protection of the Rights of All Migrant Workers and Members of Their Families. In this sense, the Law 21.325, of Migration and Foreigners, despite containing as one of its main principles that of the best interests of the child, does not seem, however, to be able to offer clear answers consistent with the true ones needs of these children and adolescents, even more so after the Constitutional Court Judgment of January 29, 2021, which declared the unconstitutionality of the assisted return procedure contained in article 132 of the aforementioned norm.
Abstract: RESUMEN: En este estudio se efectúa un examen acerca de la forma en que se ejecuta la declaración confidencial en la justicia de familia. Se sostiene que de la manera en que está concebida en la ley actualmente se generan graves inconvenientes. Estos problemas guardan relación primordialmente con el secreto en que estas audiencias permanecen indefinidamente, lo que a su vez impide fiscalizar aspectos que son importantes tanto para los derechos de los niños, niñas y adolescentes que intervienen en ellas, como de los demás intervinientes involucrados en los procesos en que la audiencia se gesta. Basado en esto, se sugieren algunos cambios legales a la luz de las reformas que respecto de esta cuestión hace algunos años se han llevado a cabo en la legislación italiana.ABSTRACT: In this study an examination is carried out on the way in which the confidential declaration is executed in family justice. It is argued that the way it is currently conceived in the law generates serious inconveniences. These problems are primarily related to the secrecy in which these hearings remain indefinitely, which in turn prevents the control of aspects that are important both for the rights of the children and adolescents who intervene in them, as well as the other parties involved in the proceedings. Based on this, some legal changes are suggested in light of the reforms that have been carried out in Italian legislation on this issue a few years ago.
Abstract: RESUMEN: El artículo presenta un análisis de la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana sobre el mandato de taxatividad o determinación de las leyes penales. El estudio muestra las etapas de evolución de esta doctrina, identificando sus criterios consolidados y su ambivalencia. Se concluye que el estado actual de la doctrina no permite prever con certeza las decisiones de este máximo tribunal al resolver reclamos de violación de la taxatividad.ABSTRACT: The article presents an analysis of the Mexican Supreme Court of Justice’s void-for-vagueness doctrine. The study shows the stages of evolution of this doctrine and identifies its consolidated criteria and its ambivalence. It is concluded that the current state of the doctrine does not allow foreseeing with certainty the highest court’s decisions when resolving void-for-vagueness claims.
Abstract: RESUMEN: Desde hace algunos años se plantea la necesidad de incorporar dentro del sistema procesal penal mecanismos propios de la Justicia Restaurativa. Sin embargo aún persiste la discusión acerca de cómo debe ser el alcance de sus respuestas, particularmente lo relativo a la responsabilidad del autor y la reparación a la víctima. Este trabajo pretende establecer los presupuestos mínimos para que pueda estimarse efectiva la responsabilidad de quien haya cometido el hecho delictivo. En este sentido, surgen preguntas acerca de la necesidad de exigir el reconocimiento del hecho y compromisos de evitación, estableciéndose un paralelo con la pena, sobre todo desde la perspectiva de sus dimensiones comunicativas y aflictivas. Asimismo, se examina la reparación a la víctima, entendiendo que para la solución del conflicto penal se debe, necesariamente, considerar su restauración. En este orden, se analiza la naturaleza de los encuentros restaurativos y cómo estos deben entenderse.ABSTRACT: For some years now, the need to incorporate Restorative Justice mechanisms into the criminal procedural system has been raised. However, there is still a discussion about the scope of its responses, particularly concerning the accountability of the offender and reparation to the victim. This paper aims to establish the minimum requirements for the liability of the person who has committed the criminal act to be considered effective. In this sense, questions arise about the need to demand acknowledgment of the act and commitments to avoid it, establishing a parallel is drawn with punishment, especially from the perspective of its communicative and afflictive dimensions. Likewise, reparation to the victim is examined, understanding that for the solution of the criminal conflict, the victim’s restoration must necessarily be considered. In this order, the nature of restorative encounters and how they should be understood is analyzed.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.
Abstract: RESUMEN: Este artículo estudia la delimitación del estado de necesidad y el miedo insuperable. Así, en la primera sección, realiza un análisis general del concepto del miedo. En segundo lugar, trata los fundamentos del instinto de conservación en la necesidad. En la tercera sección, estudia el criterio rector del estado de necesidad. En la cuarta sección, presenta una mirada analítico-fenomenológica del miedo insuperable. En quinto lugar, analiza la tolerancia de la imprecisión y qué tipo de premisas axiológicas inciden en la necesidad y, asimismo en la última sección expone cuándo el miedo es un factor determinante en casos de peligro. Finalmente, debemos indicar que este trabajo considera la siguiente hipótesis: el miedo insuperable es una disposición que debe ser aplicada en casos de perturbación grave ante una situación de peligro o agresión ilegítima en la cual el agente no puede cumplir con la selección del medio menos lesivo o perjudicial en el estado de necesidad o la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa.ABSTRACT: This article presents the delimitation of necessity and unbeatable fear. Thus, in the first section, we examine the concept of fear. Secondly, we will deal with the instinct of self-preservation under necessity. In the third section, we study the leading criterion of necessity defense. In the fourth section, we show an analytical-phenomenological under unbeatable fear. Fifthly, we will present the tolerance of imprecision under necessity and what kind of axiological premises have impact in this sort of cases. Finally, we present some considerations in which fear is a key factor under danger. Finally, we must indicate that this work considers the following hypothesis: unbeatable fear is a provision that must be applied in cases of serious disturbance in the face of a situation of danger or illegitimate aggression in which the agent is unable to fulfill.