Authors:M. Martina Salituri Amezcua Pages: 5 - 31 Abstract: El propósito del presente trabajo es analizar críticamente, tomando herramientas antropológicas, el discurso jurídico que construye el derecho alimentario de niños, niñas y adolescentes en el contexto actual de la Argentina. Para ello, partiendo del marco teórico y jurídico que nos brinda el enfoque de derechos humanos, analizaremos la responsabilidad contenida en la categoría jurídica de “alimentos”, a través de un repaso histórico sobre su regulación, para focalizar en la re-actualización de viejas tensiones que se observan dentro del sistema de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes. Asimismo, evaluaremos la incidencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, sobre la base del principio de solidaridad familiar y comunitaria. Todo lo cual nos lleva, desde la perspectiva transversal del principio de igualdad, a preguntarnos acerca del rol del Estado garante en la materia. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.746 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Claudia Guadalupe de la Fuente Morales, Rocío González Pereyra Pages: 33 - 54 Abstract: El presente artículo se enmarca en el desarrollo que ha tenido la seguridad social en México hasta el nacimiento del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); en el primer apartado se muestra el entramado histórico y surgimiento de dicha Institución, como la principal encargada de la aplicación adecuada de la seguridad social; posteriormente, se analiza el contrato colectivo de trabajo (CCT), como uno de los grandes logros alcanzados por la lucha social de los trabajadores; en específico, se estudia el CCT celebrado entre el IMSS y el Sindicato de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), los cambios que ha sufrido y las posiciones que han tenido los trabajadores al respecto, a raíz de las reformas en materia laboral que se han implementado en México. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.747 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Aníbal Guzmán Ávalos Pages: 55 - 72 Abstract: El matrimonio es una institución del Derecho de Familia cuya importancia y supremacía era indiscutible; sin embargo, hoy sufre transformaciones que lo delinean con una fisonomía diferente. Por principio, dejó de ser indisoluble en nuestro país desde hace más de un siglo; su duración es más efímera y con mucha facilidad se logra su disolución, incluso unilateralmente. Tampoco pasa inadvertido que su objeto se transformó y adquirió una configuración muy distinta a la de su origen. En su génesis, sus efectos jurídicos sólo podían producirse como consecuencia de la realización del acto jurídico; hoy se obtienen con otras formas de constituir familias. Finalmente, es de observarse cómo los requisitos para su celebración han cedido o perdido la rigidez que antaño se exigía, lo que trae como consecuencia que el matrimonio haya perdido su fuerza y que, hoy en día, se considere una institución que pierde fuerza. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.748 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Susana Lastra Suárez, C. Teresita García Pérez, Aída Araceli Manzo Maldonado, David Alejandro García Sotelo Pages: 73 - 93 Abstract: Este artículo aborda una investigación cualitativa respecto a 12 mujeres que durante 2016 solicitaron ayuda al centro comunitario de salud mental de Arroyo Naranjo, en La Habana. El objetivo es profundizar en aspectos que previamente habían sido identificados en una investigación cuantitativa, como coincidentes en aquellas que habían demandado ayuda el mismo año. Partiendo de la coincidencia en el diagnóstico de estrés postraumático, se pretende un acercamiento a la realidad social por medio del debate de temas de género, ampliando sus conocimientos y contribuyendo a su empoderamiento. La totalidad había sufrido un primer episodio violento en su infancia; dos terceras partes, de tipo sexual, a lo cual las madres no dieron crédito. Todas naturalizaron las manifestaciones de violencia psicológica y sexual; aunque sintiéndose cosificadas, aceptaron la masculinidad hegemónica y establecieron relaciones de dependencia. Se hace una propuesta de plan de acción sobre la base de los resultados. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.749 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:José Soto Carrazco, Christian Norberto Aguirre Hernández Pages: 95 - 109 Abstract: Los derechos humanos constituyen, en nuestro sistema jurídico, un nuevo paradigma. En este contexto se ubica el derecho humano al mínimo vital o mínimo existencial. La separación de los trabajadores en la prestación de sus servicios, realizada por empleadores, independientemente de su justificación o injustificación, se lleva de manera unilateral, dejando en un instante al trabajador en el total desamparo. Tanto los derechos sustantivos como aquellas disposiciones que regulan el enjuiciamiento laboral han sufrido cambios drásticos, lo que nos obliga a aplicar principios o derechos como el mínimo vital o mínimo existencial; todo esto, con el fin de tutelar los derechos humanos que son inherentes a cada persona. El presente artículo aborda desde su definición y su ubicación como un derecho humano innominado hasta la problemática actual de las solicitudes planteadas ante los tribunales del trabajo, lo que trae como resultado las conclusiones y propuestas que consideramos necesarias a fin de garantizar a los trabajadores uno de los derechos humanos necesarios que le asisten por el sólo hecho de ser personas. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.750 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Rafael Caballero Álvarez Pages: 111 - 142 Abstract: Entre 2016 y 2017, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Instituto Nacional Electoral, mediante sentencias, elaborar unos lineamientos que servirían para identificar conductas que pudieran constituir violaciones a la normatividad en materia de comunicación política y electoral, pero que, una vez elaborados, fueron considerados por la propia Sala Superior como excesivos. Los casos derivados de esas resoluciones se comentan en este artículo en razón de su relevancia debido a que buscaban regular tales lineamientos y por la forma en que se dio el diálogo institucional entre la autoridad administrativa electoral y la jurisdiccional. Adicionalmente, la discusión de estos casos prácticos da la pauta para abrir el debate en torno a la vigencia de un concepto que ha sido pilar del sistema electoral mexicano: la equidad en la contienda, por lo menos sobre cómo ha sido concebido hasta ahora. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.751 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Jacinto García Flores Pages: 143 - 163 Abstract: Durante años, las personas con alguna discapacidad física o mental, en el mundo y en México, fueron ocultadas a la sociedad por sus familiares; sin embargo, los documentos existentes a nivel internacional —y ahora nacional— han revertido tal estado de cosas, ya que se les reconocen sus derechos, entre ellos el derecho al trabajo. Pese al avance anterior, siguen siendo víctimas de discriminación; y en el supuesto de trabajar, no están exentas de que sus derechos laborales sean desconocidos por las empresas que los contratan, caso en el cual pueden recurrir ante las autoridades jurisdiccionales competentes para hacerlos valer. Cuando los impartidores de justicia laboral conozcan de un proceso en tal materia, promovido por una persona con discapacidad, tendrán que adoptar una serie de cambios estructurales y actitudinales en inmuebles y personal encargado de resolver tales controversias jurídicas, respectivamente, lo que les obligará a hacer un cambio en sus actitudes y aptitudes. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.754 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Adrianne Álvarez Fernández, Carlos Yalexso Martínez Sánchez Pages: 165 - 191 Abstract: En el presente estudio se reflexiona sobre los fundamentos teóricos que deben servir de base a la ordenación jurídica de la prohibición de la reformatio in peius dentro del procedimiento administrativo, a los fines de contribuir a la mayor protección de los derechos de los administrados y el buen hacer de la Administración Pública. Con este propósito se sistematiza en las características, posiciones doctrinales y algunas consideraciones que determinan la efectiva articulación de la prohibición de la reformatio in peius como un principio en materia de recursos administrativos que garantiza los derechos de los administrados dentro del procedimiento administrativo de impugnación. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.753 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Rodrigo Maldonado Corpus Pages: 193 - 209 Abstract: En el presente trabajo se patentiza el estado de desigualdad y discriminación en que los tribunales federales han colocado a los miembros de las instituciones policiales descritos en la fracción XIII del apartado B del artículo 123 constitucional, en relación con “la indemnización y demás prestaciones” a que tienen derecho tratándose de un cese injustificado. Ante la deficiencia de las normas que regulan en forma directa este tipo de relación, debe realizarse una interpretación sistemática y armónica que pondere los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación respecto a “la indemnización y demás prestaciones” que corresponden a este tipo de servidores públicos, considerando como parte de esto los salarios caídos o vencidos y demás prestaciones que establezca la Ley Federal del Trabajo como consecuencia de su baja injustificada, atendiendo a la naturaleza intrínseca de su relación. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.755 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Alba Victoria López Salazar, María Delgadina Valenzuela Reyes Pages: 211 - 232 Abstract: No es posible desconocer que el asesinato de mujeres en México es alarmante. Cada día son asesinadas un promedio de siete féminas en nuestro país. Este fenómeno adquiere relevancia como resultado de las desapariciones y homicidios de mujeres en Ciudad Juárez (Chihuahua). Estos casos llegaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2002; por tal motivo, se emitieron recomendaciones al Estado mexicano en la sentencia mejor conocida como Caso del Campo Algodonero, sentencia que se usa como referente para los nuevos sucesos que lamentablemente se siguen presentando. En consecuencia, se abrió el debate para su regulación jurídica en la legislación penal mexicana; por lo tanto, tal fenómeno fue tipificado como “feminicidio”. El objetivo central de esta investigación es demostrar que tal tipificación resulta simbólica y discriminatoria, a efecto de justificar reformas legislativas en materia penal. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.756 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:Rafael Lara Martínez Pages: 233 - 256 Abstract: El presente trabajo es el primer capítulo que aborda el estudio del delito de piratería que se ejerce en altamar; se analizan sus premisas comunes, lo que clarificará sus elementos en el tipo penal, máxime que hay elementos de carácter subjetivo y normativo que no han sido examinados doctrinalmente. Posteriormente, el presente estudio se enfocará en la legislación contemporánea de todos los países de Norteamérica y del Caribe; esta última región será dividida en Antillas mayores y menores, a efecto de discurrir en el centro y sur del continente americano, ya que es tópico de otro capitulado, es decir, se analizará la existencia e inexistencia de la figura en mérito dentro de las constituciones y códigos penales, civiles y mercantiles, así como en las leyes marítimas relativas vigentes. Debe decirse que estos países tuvieron mayor activismo legislativo en la época pirata que se presentó del siglo XVII al siglo XVIII, y que a la fecha dichas figuras jurídicas continúan presentes, pese a la ausencia en su incidencia delictiva contemporánea. Es precisamente en esta época donde se acotará la temporalidad del análisis legal. Si bien es tema relacionado con las patentes de corso y los tribunales de presas, son tratados en una investigación diversa. No pasa desapercibido que en la América central y del sur, así como en Europa, se tiene nota del delito a estudio, pero la extensión de la misma investigación exige un abordaje de forma segmentaria. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.752 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)
Authors:María Rebeca Alcaide Cruz, Luis Raúl Oviedo Rosa, Román Sánchez Zamora Pages: 257 - 278 Abstract: El sistema político mexicano no ha sido inmune en materia de modernidad del Derecho. México requiere de una democracia constitucional, por lo que se tiene el riesgo de que los derechos humanos sólo sean un trámite de los acuerdos internacionales. Por ello, se expone un análisis documental y la observación empírica de actores involucrados estudiando de manera general el cómo la democracia electoral mexicana opera, en un estudio de caso, en los organismos autónomos; de manera particular, cómo fue operada la creación del comité ciudadano anticorrupción para el estado de Puebla, en 2017. PubDate: 2018-09-05 DOI: 10.32399/rdk.12.24.757 Issue No:Vol. 12, No. 24 (2018)